LÍNEA NACIONAL

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POLÍTICA PREVENCIÓN CONSUMO SUSTANCIAS PSICOACTIVAS

POLÍTICA PREVENCIÓN CONSUMO SUSTANCIAS PSICOACTIVAS

MONTACARGAS NACIONALES S.A.S tiene como objetivo prevenir, mejorar, mantener la salud y el bienestar de los empleados, garantizando ambientes y espacios adecuados para desempeño de sus funciones. Por ello ha establecido esta política en la cual se definen las siguientes directrices:

  • Ningún trabajador, sin importar su cargo, puede presentarse a laborar bajo la influencia de bebidas alcohólicas, sustancias alucinógenas y/o sustancias restringidas que alteren el estado de conciencia, estado de ánimo, percepción y la capacidad de reacción.
  • Se prohíbe el uso, venta, fabricación, posesión, distribución o transporte de drogas ilegales, alcohol o bebidas embriagantes, sustancias controladas y las catalogadas como narcóticos.
  • Teniendo en cuenta que fumar altera el estado de ánimo y el nivel de concentración, representa un riesgo para la salud del fumador y de las personas que están a su alrededor, además para el ambiente y las instalaciones por ser fuente generadora de incendio, se prohíbe fumar en oficinas, bodegas, talleres, interior de vehículos y/o zona de parqueadero, instalaciones de clientes, en reuniones de índole laboral convocadas por la empresa o partes interesadas. Esta actividad se permite exclusivamente en las áreas destinadas para tal fin.
  • El trabajador al que le hayan prescrito medicamentos que afecten el desempeño seguro de sus funciones, debe notificar al representante de seguridad, salud en el trabajo y ambiente.
  • Se dispondrá personal de la organización para realizar pruebas de alcoholimetría con el fin de determinar la sobriedad de los trabajadores, contratistas y visitantes antes de dar inicio a sus actividades habituales.
  • Se realizarán campañas y capacitaciones para la prevención del consumo de alcohol, drogas o tabaco.

La infracción de las disposiciones de esta política tendrá como resultado la aplicación de la escala de faltas y sanciones disciplinarias previstas en el reglamento interno de trabajo.